La Ley Núm. 197 de 2002, según enmendada, conocida como la “Ley del Proceso de la Transición del Gobierno” 1 L.P.R.A. 458 et seq. (2008), dispone que previo a una elección general se realice un proceso de recopilación de datos que sean de utilidad si los resultados de la elección general requieren el inicio de un proceso de transición de Gobierno en la Rama Ejecutiva; ello, con el fin de lograr una transferencia ordenada en beneficio del servicio que cada agencia o corporación pública viene obligada a brindarle a la ciudadanía.
Los informes de transición son suministrados en formato electrónico. A continuación, se enumeran los informes;